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Ayuda a la inversión para fabricar productos emergencia COVID-19

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El BOE ha publicado la Orden ICT/656/2020,  de 15 de julio de 2020, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la para la convocatoria de ayudas a entidades que realicen inversiones para la fabricación de dispositivos médicos, equipos de protección personal y aquellos productos que sean considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, durante el ejercicio 2020.

 Podrán acogerse a estas ayudas las entidades privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España, y que vayan a desarrollar un proyecto para la producción industrial de dispositivos médicos y equipos y material sanitario y de protección individual y aquellos otros productos, como principios activos, sustancias químicas, medicamentos, u otros productos, que sean considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, entre otros:

  • Mascarillas quirúrgicas, de tipo II y IIR.
  • Mascarillas de protección individual FFP2 y FFP3.
  • Kits PCR diagnóstico COVID-19 y sus consumibles.
  • Kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno).
  • Hisopos
  • Gafas de protección.
  • Guantes de nitrilo, con y sin polvo.
  • Batas desechables e impermeables.
  • Soluciones hidroalcohólicas (biocida y cosmético) y sus materias primas.
  • Equipos y dispositivos de ventilación mecánica invasiva (VMI).
  • Fungibles o consumibles de equipos de VMI.
  • Alcoholes sanitarios.
  • Clorhexidrina.

Plazo de realización de las actuaciones: serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el 1 de febrero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 30 de julio de 2020.