Finalizado el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de la modificación de la Ordenanza reguladora de los espacios públicos de Nerpio para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y el civismo, adoptado por el Ayuntamiento Pleno de fecha 30 de julio de 2015, publicado en el BOP número 92 de fecha 10 de agosto de 2015. Y no habiéndose presentado reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo y se procede a la publicación del texto íntegro de la Ordenanza.
Esta Ordenanza tiene por objeto preservar el espacio público como lugar de convivencia y civismo en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio, encuentro, reunión y recreo, con pleno respeto a la dignidad, a los derechos de los demás y a la seguridad y tranquilidad ciudadana así como a la pluralidad de expresiones culturales, políticas y religiosas y de formas de vida diversas existentes en el municipio de Nerpio.
Asimismo esta Ordenanza tiene por objeto la prevención de cualquiera actuaciones perturbadoras de la convivencia, tranquilidad y seguridad ciudadana y la protección de los bienes públicos y de las instalaciones y elementos que forman parte del patrimonio ambiental, arquitectónico y urbanístico del municipio de Nerpio frente a las agresiones, alteraciones o usos indebidos de que puedan ser objeto, la sanción de las conductas y comportamientos incívicos y la reparación de los daños causados.
Es también objeto de la Ordenanza establecer normas que favorezcan el normal desarrollo de la convivencia ciudadana y el buen uso y disfrute de los bienes de uso y servicio público, así como su conservación y protección en el ámbito de las competencias municipales.
A los efectos expresados en los apartados anteriores esta Ordenanza establece una serie de medidas para fomentar y promover la convivencia en el espacio público, identificando cuáles son los bienes jurídicos tutelados, previendo cuales son las normas de conducta, las obligaciones y prohibiciones y sancionando aquellas constitutivas de infracción por perturbar, lesionar o deteriorar tanto la propia convivencia, seguridad y tranquilidad ciudadana como los bienes que se encuentran en el espacio público, estableciendo, por último, en su caso, medidas específicas de intervención.
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