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Plan MOVES III, ayudas a la compra de vehículos eléctricos y puntos de recarga

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El programa también subvencionará con hasta 9.000 euros la compra de furgonetas eléctricas

Las ayudas a la compra de vehículos se reforzarán con un 10% adicional para autónomos (taxis y VTC), municipios de menos de 5.000 habitantes y personas con movilidad reducida.

MOVES III será una línea con continuidad hasta finales de 2023 con un presupuesto inicial de 400 millones de euros ampliables, al menos, a 800.

Novedades del MOVES III

El Plan MOVES III mejora las ayudas para infraestructura de recarga para particulares, comunidades de propietarios y pequeñas y medianas empresas, así como para infraestructuras de recarga rápida y ultrarrápida.

Además, establece la obligatoriedad de que los puntos de recarga de acceso público apoyados por el MOVES III estén continuamente disponibles para el usuario y que sean accesibles de forma directa, sin necesidad de registro previo.

Esta nueva edición también refuerza las ayudas directas para particulares y autónomos. Con el objetivo de acelerar la renovación de la flota y la sustitución de vehículos antiguos y contaminantes, MOVES III subvenciona con un máximo de hasta 7.000 euros para la adquisición de un vehículo eléctrico y con hasta 1.300 euros la compra de una motocicleta eléctrica si el usuario achatarra un vehículo de más de 7 años de antigüedad. En caso de que no se achatarre un vehículo antiguo, las ayudas podrán alcanzar los 4.500 euros.

Asimismo, la compra de furgonetas eléctricas se subvencionará con hasta 9.000 euros en caso de que el usuario achatarre su viejo vehículo y con hasta 7.000 en caso de que no lo haga.

Marco normativo coherente

Se ha abierto el periodo de audiencia e información pública del Real Decreto de puntos de recarga por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos, así como de la orden que determina la información a remitir al MITECO y a las comunidades autónomas por parte de los prestadores de servicios.

Este Real Decreto regula las condiciones que deben cumplir los gestores de información de recarga y la remisión de información por parte de los prestadores de servicios de recarga energética. Toda la información que no sea confidencial será incorporada y publicada por MITECO en un Geoportal que mostrará un mapa de puntos de recarga, lo que facilitará a los ciudadanos conocer la localización, características, precio y disponibilidad de los puntos de recarga de acceso público, aportando transparencia y claridad al mercado.

Toda la información relativa al periodo de audiencia se encuentra disponible en este enlace. Las aportaciones podrán enviarse a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para el Real Decreto y a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para la orden ministerial hasta el 30 de abril de 2021.

Fuente: www.idae.es

Acceso a la noticia íntegra en el siguiente enlace.